Micelio
Auto18 de enero de 2017

A- de 2017

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Norberto Prada Trillos·Demandado Aig Seguros Colombia S.A.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Competencia a prevención
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre el Juzgado Cuarto Penal Municipal de Barranquilla y el Juzgado Promiscuo Municipal de Puerto Colombia.

Revisado el asunto reitera la Sala que el demandante puede presentar la acción de tutela ante los jueces, a prevención, para la protección de sus derechos constitucionales fundamentales, lo que implica que pueda elegir entre el lugar donde ocurrió la vulneración, que no necesariamente coincide con el de su domicilio, y el lugar en el cual tiene efecto la misma.

Con base en lo anterior se tiene en cuenta la decisión adoptada por el peticionario y se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Cuarto Penal Municipal de Barranquilla, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la solicitud de amparo formulada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS la decisión del tres de agosto de 2016 adoptada por el Juzgado
  2. Cuarto. Penal Municipal de Barranquilla (Atlántico), mediante la cual resolvió que no era competente para conocer la acción de tutela presentada por el señor Norberto Trillos Prada.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC 2689 al Juzgado
  4. Cuarto. Penal Municipal de Barranquilla (Atlántico), para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela de la referencia.
  5. TERCERO. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado Promiscuo Municipal de Puerto Colombia (Atlántico) y a las partes la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.